Si la conciliación laboral y familiar es tu prioridad, ¡conoce tus derechos!

Publicación
14 de julio de 2018
Lectura: 3 minutos

La conciliación laboral y familiar es algo que preocupa a cualquier padre o madre: cumplir con las obligaciones del trabajo, tener tiempo para ocuparse de sus hijos, asumir las tareas del hogar… Al final, los días solo tienen 24 horas y más de ocho las empleamos en trabajar sin poder atender a todo lo demás.

La conciliación es el gran reto para muchos padres hoy en día. Esta surge como respuesta a la necesidad de muchas familias de poder compaginar sus horarios laborales con los de, por ejemplo, sus hijos pequeños.

¿Qué es la conciliación laboral y familiar?

Este término se refiere a los trabajadores y trabajadoras que tienen la posibilidad de compatibilizar su vida profesional y su vida familiar, de manera que ambas se desarrollan de forma natural y plena.

Esto supone un cambio de mentalidad por parte de las empresas y de las leyes que regulan el trabajo, para facilitar a los padres el poder combinar esas dos facetas de su vida. De este modo, estos pueden desempeñar una labor profesional y, a la vez, cuidar de sus hijos o familiares.

El teletrabajo es una de las soluciones que han aportado las empresas: la flexibilidad para trabajar desde casa de forma continua o cuando se necesite puntualmente. Esto facilita la tarea; sin embargo, las leyes también han tenido que ponerse el día para regular y fomentar la conciliación laboral y familiar en España.

¿Qué medidas existen en España para facilitar la conciliación laboral y familiar?

En los últimos años se han realizado muchos avances en lo que a la conciliación se refiere: bajas por maternidad o paternidad, jornada reducida, excedencias… La legislación española recoge diferentes medidas a las que se pueden atener los padres para conseguir ese equilibrio tan deseado entre trabajo y familia.

Baja maternal

Por norma general, el nacimiento de un hijo o la adopción da derecho a un permiso laboral de 16 semanas para la madre. Sin embargo, hay algunas excepciones:

  • Si el niño tiene alguna discapacidad, el permiso es de 18 semanas.
  • En caso de parto múltiple, se suman dos semanas por cada hijo a partir del segundo.

La baja maternal es obligatoria para la madre durante las seis primeras semanas. Luego, si así lo desea, puede compartirlas con el padre y disfrutarlas simultáneamente.

Durante ese tiempo, la madre recibe una prestación de la Seguridad Social equivalente a su base reguladora.

Baja paternal

Los padres también tienen derecho a un permiso de paternidad de cuatro semanas ininterrumpidas. Pueden disfrutarlas desde el momento del nacimiento o cuando finaliza el permiso de la madre. Así mismo, como decíamos antes, el padre puede recibir “prestadas” hasta 10 semanas que le corresponderían a la madre. Él también recibirá, de la Seguridad Social, el 100% de su base reguladora.

Permiso por lactancia

El padre o la madre, indistintamente, pueden pedir un permiso de lactancia para alimentar a su bebé hasta los 9 meses de vida. Esta medida les permite ausentarse una hora del trabajo o reducir la jornada laboral media hora, a la entrada o la salida. Los convenios colectivos pueden mejorar este derecho y permitir, por ejemplo, acumular esas horas para alargar la baja maternal.

Reducción de jornada

Otra de las medidas para la conciliación laboral y familiar es la reducción de jornada para el cuidado de sus hijos. Esta permite a los padres trabajar menos horas al día, con una disminución proporcional de su sueldo, para poder cuidar de sus hijos menores de 12 años.

El padre o la madre debe reducir, como mínimo, un octavo de la jornada diaria y como máximo la mitad. Además, podrán decidir el horario y la duración de la reducción como mejor les convenga.

Excedencia laboral

El padre o la madre pueden solicitar una excedencia hasta que el niño cumpla los tres años. Este permiso les permite guardar su puesto, así como la antigüedad en la empresa, hasta que decidan reincorporarse.

Los tres años de excedencia cotizan a la Seguridad Social, se pueden repartir y es posible acudir a cursos y formaciones en ese tiempo. Durante el primer año se guarda el puesto original; sin embargo, si se prolonga, solo se le garantiza un puesto dentro del mismo grupo profesional.

Ayudas especiales para trabajadores autónomos

Los autónomos también tienen derecho a la conciliación laboral y familiar; por tanto, pueden disfrutar de los mismos permisos de maternidad y paternidad. En el caso de que necesiten contratar a un trabajador que les sustituya durante ese período, no tendrán la obligación de cotizar a la Seguridad Social por él.


Estas medidas que fomentan la conciliación laboral y familiar son una ayuda para conseguir ese equilibrio necesario. Es importante conocerlas y saber cuándo se puede hacer uso de ellas.

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